El Juzgado de lo Penal número dos de Alicante ha condenado a dos pediatras por un delito de homicidio por imprudencia grave en relación con la muerte de un niño de ocho años por peritonitis en octubre de 2020. Una de las médicas, del Hospital de Elda, ha sido sentenciada a dos años de prisión, mientras que la otra, de un centro de salud de Petrer, ha recibido una pena de un año de prisión.
La sentencia, consultada por Europa Press, impone a la pediatra del hospital una inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión de tres años y seis meses. A la facultativa del centro de salud, se le inhabilitará por tres años.
La magistrada ha señalado a la aseguradora del hospital como responsable civil directa y a la Conselleria de Sanidad como subsidiaria. Se han fijado indemnizaciones para los abuelos del menor, sus tutores legales, de 114.203,92 euros para la abuela y 32.629,69 euros para el abuelo. Esta última cantidad también deberá ser indemnizada a la madre biológica del niño.
Historial de visitas y mala praxis
La sentencia considera probado que el 24 de octubre de 2020, el niño comenzó a sufrir dolor abdominal y vómitos. Fue llevado al centro de salud y derivado al Hospital de Elda. Allí, la pediatra de guardia lo diagnosticó con dolor abdominal sin signos de alarma y posible viriasis, dándole el alta a pesar de sus síntomas persistentes.
Ante la continuidad de los vómitos y el dolor, los abuelos llevaron al niño de nuevo al centro de salud el 26 de octubre. La pediatra del centro de salud lo encontró ojeroso, sin tolerar líquidos y con abdomen doloroso, volviendo a derivarlo al Hospital de Elda.
En esta segunda visita al hospital, la pediatra no cuantificó la frecuencia cardíaca del niño, ni pidió una ecografía abdominal o una analítica sanguínea. La jueza subraya que, «dados los antecedentes del caso ya expuestos, lo indicado era efectuar dicha analítica al menos y, en su caso, una ecografía de abdomen como pruebas complementarias». La médica recomendó llevarlo a urgencias si vomitaba mucho, a pesar de que ya lo hacía entre siete y nueve veces al día, y de nuevo aconsejó control con su pediatra, quien ya lo había derivado dos veces. La sentencia califica esta actuación como «mala praxis con infracción de las normas básicas de su profesión».
La madrugada del 28 de octubre, el niño sufrió fuertes dolores nuevamente. Al ser llevado al centro de salud, la pediatra condenada no realizó ninguna exploración física, ni tomó constantes vitales. Administró un fármaco para el dolor «que no se utiliza habitualmente en pediatría» y, a pesar del grave estado del menor y las múltiples visitas previas, no lo remitió al hospital, lo que la jueza considera una infracción de «normas básicas de su profesión».
Dos horas después, los abuelos llamaron a una ambulancia SAMU que trasladó al menor al hospital, donde lamentablemente falleció.
Aumento del riesgo de muerte y «conducta típica penal»
La jueza concluye que, debido a la falta de pruebas complementarias como analítica de sangre y ecografía abdominal, no se diagnosticó una apendicitis aguda, lo que derivó en peritonitis con complicaciones. Asimismo, enfatiza que al no haber remitido al niño al hospital en la madrugada del 28 de octubre, «cuando el fallecimiento aún era evitable», se incrementó en un 70 por ciento el riesgo de muerte del menor.
La sentencia se basa en pruebas documentales, testificales y periciales que demuestran la «actuación imprudente» de las doctoras. La jueza destaca la «actuación diligente» e «impecable» de la abuela, que siguió todas las instrucciones médicas.
Finalmente, la magistrada critica que las dos doctoras «en ningún momento han admitido haber tenido un error de diagnóstico en su actuar», un error que la jueza considera «cuantitativo, cualitativo y de extrema gravedad, al minusvalorar los síntomas que presentaba el menor» y las «más elementales cautelas exigibles al profesional médico». Califica dicha actuación como «negligencia médica y como conducta típica penal».