La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha ordenado a la Audiencia Provincial de Alicante que dicte una nueva sentencia en la causa que juzgó a un exalcalde y a dos exconcejales del PP de Calp por delitos de cohecho, prevaricación, fraude a la administración y malversación, entre otros, en la concesión del servicio de tratamiento de residuos sólidos urbanos en la localidad en 1998, en una de las piezas del conocido como caso Brugal.

Así, el alto tribunal estima el recurso de la Fiscalía contra la sentencia dictada el 24 de octubre de 2022 por la Audiencia por haber declarado nula una intervención telefónica al empresario al que se concedió el servicio de basuras, Ángel Fenoll, así como las pruebas derivadas de ella, según ha informado este martes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
De esta manera, el TS anula esa resolución judicial y ordena a la Audiencia Provincial de Alicante «que dicte nueva sentencia tomando en consideración las pruebas que fueron indebidamente declaradas nulas».
La resolución del TS reproduce los fundamentos legales que incluyó en la sentencia de 2024, referida a la causa matriz del caso Brugal, en el que destacó que el auto de autorización del teléfono del empresario, cuya nulidad estableció la Audiencia de Alicante, tenía motivación «suficiente».
Fallo de la sentencia anulada
En la sentencia ahora anulada, que deberá repetirse teniendo en cuenta las pruebas anuladas, fueron condenados el exprimer edil de Calp Francisco Javier Morató y los extenientes de alcalde Fernando Penella y Juan Roselló, por delitos de cohecho continuado, prevaricación y fraude a la administración, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a dos años y medio de prisión e inhabilitación por diez años. Además, fueron absueltos de malversación de caudales públicos y, en el caso de Roselló, también de blanqueo.
Por su parte, Fenoll fue condenado a dos años de prisión por los mismos delitos que los tres exmiembros de la corporación local, mientras que al cuñado de Roselló, Francisco Artacho, le impuso dos años de cárcel por cohecho y prevaricación.
La sentencia absolvió de diferentes delitos a otras tres personas que estaban acusadas: el exdirector de la concesión del servicio, la esposa del exconcejal Juan Roselló y un hijo del empresario Ángel Fenoll.








