El Ministerio del Interior ha reconocido la «extralimitación» de un agente de la Policía Nacional que, durante un operativo en Elche en agosto de 2017, presionó el cuello de un joven inmovilizado, causándole la muerte. La resolución estima parcialmente la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración y fija una indemnización para los familiares de la víctima.

Interior concluye que se produjo «un ejercicio de la fuerza no ajustado a los principios y protocolos normativos que provocó un daño grave, irreparable y antijurídico», al existir un «nexo causal existente entre el actuar administrativo y el resultado de muerte».
El suceso y la inmovilización fatal
Los hechos se remontan a agosto de 2017, cuando los padres de la víctima, un joven que se encontraba en un estado de gran agitación debido a una enfermedad, llamaron a Emergencias. Un operativo de la Policía Nacional acudió al domicilio.
Tras atrincherarse en el sótano, el joven fue desposeído de una navaja y se procedió a su reducción. A pesar de la fuerte resistencia, los agentes lograron esposarle de pies y manos. La tragedia ocurrió porque los agentes, mientras la víctima estaba inmovilizada y boca abajo, no cesaron de ejercer presión sobre él.
Causa de la Muerte: El informe forense concluyó que el fallecimiento fue de origen «violento» y se debió a «un mecanismo de muerte por inhibición parasimpática de la circulación en relación con el incremento de presión sobre los senos carotideos a consecuencia de la presión ejercida a nivel cervical». No se detectó presencia de drogas, psicofármacos o alcohol.
Advertencia Familiar: La madre de la víctima presenció los hechos y recriminó la acción de los agentes en el momento en que se ejecutaba, según consta en las minutas policiales.
Extralimitación y reconocimiento de responsabilidad
El Ministerio del Interior considera probado que, tras ser esposado el joven, se produjo una «extralimitación» contraria a los protocolos policiales que regulan el uso de la fuerza.
La resolución descarta la versión de uno de los agentes, que atribuía la lesión mortal a que el joven se habría estrangulado a sí mismo mientras estaba esposado. En su lugar, Interior da validez al informe forense y a las evidencias:
«Resulta indubitado… que su muerte fue de origen violento… y se debió a un mecanismo de muerte por inhibición parasimpática… a consecuencia de la presión ejercida a nivel cervical.»
Interior concluye que, estando el joven engrilletado y sujeto en el suelo por cuatro agentes, uno de ellos «efectuó algún tipo de técnica de reducción o manipulación sobre su cuello», estableciendo así el nexo causal entre la actuación policial y la muerte.
Contexto judicial previo
El caso fue instruido inicialmente en un juzgado de Elche. Aunque la causa fue archivada provisionalmente contra el agente que presionó el cuello (debido a que sufrió un accidente que lo incapacitó para declarar), y sus compañeros fueron absueltos, Interior ha estimado la reclamación de indemnización a través de la vía administrativa de la responsabilidad patrimonial.








