Agentes de la Policía Local de Sagunto de diversas unidades han realizado un curso sobre vehículos de movilidad personal (VMP), los denominados patinetes eléctricos. Esta formación específica, que se impartió la semana pasada, forma parte del Plan de Formación Continua que cada año organiza el Ayuntamiento de Sagunto.
La docencia fue impartida por Aurelio Urbán Rubio, agente de la Policía Local de Valencia con una dilatada experiencia en esta materia tanto mediante clases teóricas como en la práctica a través de controles específicos de estos vehículos.
Cabe destacar, entre otras cuestiones, que los vehículos de movilidad personal no pueden circular por las aceras y que sus conductores no pueden hacer uso de dispositivos de telefonía móvil ni de auriculares, ya que este tipo de vehículos se consideran unidad de tráfico. Así mismo, no pueden superar los 30 km/h y aquellos patinetes que incorporen sillín no tienen permitida la circulación.
Respecto a la legislación regulatoria de este tipo de VMP, hay que indicar que, en estos momentos se encuentra dispersa entre un marco jurídico a nivel nacional e internacional, entre las que se encuentran reglamentos europeos, instrucciones de la DGT y ordenanzas municipales. No obstante, la regulación estatal específica sobre VMP es inminente, por lo que el Ayuntamiento de Sagunto no procederá, de momento, a su regulación a través de Ordenanza Municipal, ya que habría que modificarla para adaptarla a la regulación estatal de superior rango.
La concejala de Policía Local, Natalia Antonino, destaca que “el peatón es la unidad de tráfico más frágil, por lo tanto los miembros de la Policía Local de Sagunto velarán de forma prioritaria por su protección, así como por el mejor encaje de los nuevos vehículos de movilidad personal que circulen por las vías de nuestro municipio”.
Por su parte, el delegado de Movilidad Urbana, Javier Raro, afirma al respecto que “se está a la espera de la normativa estatal que regule los patinetes eléctricos, la cual es inminente, con lo que procederemos, además de a su aplicación, a la modificación de las ordenanzas vigentes del Ayuntamiento que se vean afectadas”.