• Cine
  • Diseño
  • Tecnología
  • Agricultura y Medioambiente
  • El buen yantar
  • Solidarios
lunes, 20 de abril de 2026
  • Login
Noticias Comunitat Valenciana
  • En Valencià
  • Alicante
    • l’Alcoià
    • Alt Vinalopó
    • Baix Vinalopó
    • Benidorm
    • L’Alacantí
    • El Comtat
    • Marina Alta
    • Marina Baixa
    • Vega Baja del Segura
    • Vinalopó Mitjà
  • Castellón
    • Alcalatén
    • Alt Maestrat
    • Alt Millars
    • Alt Palancia
    • Baix Maestrat
    • Els Ports
    • Plana Alta
    • Plana Baixa
  • Valencia
    • Valencia ciudad
    • L’Horta
    • Camp de Morvedre
    • Camp de Túria
    • El Rincón de Ademuz
    • La Canal de Navarrés
    • La Costera
    • La Hoya de Buñol – Chiva
    • Ribera Alta
    • Ribera Baixa
    • La Safor
    • La Vall d’Albaida
    • La Serranía
    • Requena – Utiel
    • Valle de Ayora
    • Valle de Cofrentes
  • Cultura
    • Artes Escénicas
    • Cine
    • De libro en libro
    • Diseño
    • Entrevistas al completo
    • Hemeroteca Selecta
  • Deportes
    • Ajedrez
  • Fiestas y Tradiciones
    • Fallas
    • Artistas falleros
    • Sueños de Fallas
    • Fogueres
    • Magdalena
    • 9 Octubre
    • Navidad
  • Canales
    • Agricultura y Medioambiente
    • Emprende e Innova
    • Economía y Empresa
    • Salud
    • Tecnología
    • Turismo
    • Valencia Histórica
    • Vino
    • El buen yantar
No Result
View All Result
Noticias Comunitat Valenciana
No Result
View All Result
Home Comunitat

El Consell aprueba el proyecto de Ley de Mancomunidades de la Comunitat Valenciana

viernes, 5 de mayo de 2017
in Comunitat

Se pretende fomentar el desarrollo de los municipios y las mancomunidades, que se configuran como un eje básico en la prestación de servicios a los ciudadanos

El Consell ha aprobado, oído el informe del Consell Jurídic Consultiu, el proyecto de Ley de Mancomunidades de la Comunitat Valenciana, que tiene por objeto establecer el marco legal para las mancomunidades de municipios en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana y definir el régimen jurídico que regule la creación, los órganos de gobierno, las normas de organización y funcionamiento y el procedimiento para la supresión de estas mancomunidades.

El objetivo es fomentar el desarrollo de las mancomunidades y de los municipios y, por ello, se les configura como un eje básico en la prestación de servicios a los ciudadanos, mediante el desarrollo de una auténtica cultura asociativa como base para incrementar la eficiencia y eficacia de esta prestación, y como una referencia básica para las políticas de la Generalitat y el resto de administraciones de la Comunitat Valenciana.

Mancomunidad de L'Horta Nord

Asimismo, se pretende dotar a las mancomunidades de un régimen jurídico más completo y, vista la heterogeneidad en su composición, llevar a cabo una regulación más detallada en cuanto a su diferente catalogación, atendiendo a su capacidad de gestión y la adecuación de su ámbito territorial a la demarcación territorial correspondiente.

Cabe destacar que la diversidad de tipología de los diferentes entes locales de la Comunitat Valenciana es una de nuestras características distintivas y, por ello, la legislación debe adecuarse a esta situación con el objeto de fomentar la eficacia de los recursos públicos desde una perspectiva más adaptada a la realidad.

Este texto entiende que el modelo de organización territorial debe ser plenamente respetuoso con el carácter asociativo reconocido por nuestro ordenamiento jurídico. Por ello, la naturaleza de las mancomunidades de ámbito comarcal viene marcada por el carácter de voluntariedad, otorgando a los municipios la libertad de elección y adaptación a dicho modelo.

Régimen jurídico general

Los municipios podrán asociarse voluntariamente en mancomunidades de servicios ordinarias o en mancomunidades de ámbito comarcal, con el fin de servirse de ellas para la prestación en común de servicios y la ejecución de obras de su competencia.

Además, los municipios mancomunados podrán participar en alguna o en todas las actividades que constituyen el objeto de la mancomunidad, siempre que las obras o servicios sean independientes y ello no afecte a la eficaz actuación de la misma.

Salvo en el caso de las mancomunidades de ámbito comarcal, se podrán integrar en las mancomunidades municipios entre los que no exista continuidad territorial, que pertenezcan a distintas provincias e, incluso, a distintas comunidades autónomas.

Igualmente, las Entidades Locales Menores podrán formar parte de las mancomunidades, si para ello cuentan con la autorización de la iniciativa por el municipio matriz al que estén adscritas.

Objetivos específicos

Este proyecto de ley establece la distinción entre la nueva figura de mancomunidades de ámbito comarcal y las actuales mancomunidades de servicios. Así, se pretende favorecer la creación de un tipo de mancomunidades basada en las delimitaciones territoriales históricas, puesto que el desarrollo de las mancomunidades es uno de los objetivos de la vertebración territorial.

De esta forma, los municipios limítrofes vinculados por características e intereses comunes, podrán constituirse en mancomunidades de ámbito comarcal, que gozarán de la condición de entidades locales y tendrán a su cargo la prestación de servicios y la gestión de actividades de ámbito supramunicipal, representando los intereses de la población y territorio comarcales en defensa de una mayor solidaridad y equilibrio dentro de la Comunitat Valenciana.

Es una prioridad acomodar jurídicamente esta figura a la normativa básica en materia de régimen local tras la ley de racionalización.

También se establecen nuevas fórmulas de coordinación de funciones municipales por las mancomunidades como son la prestación conjunta de servicios, licitación de contratos y personal conjunto.

Cabe reseñar que las necesidades de coordinación pueden ser, en muchos casos, mayores que la prestación de servicios comunes, pues la casuística en esta materia es muy diversa.

Por ello, se desea facilitar la licitación conjunta de contratos no sólo de servicios, sino de suministros y otros tipos de contratos e, incluso, la posibilidad de establecer centrales de contratación, lo que contribuiría a la eficacia y eficiencia de los recursos públicos.

Del mismo modo, esta ley persigue facilitar y simplificar el funcionamiento de las mancomunidades, puesto que resulta determinante reforzar la autonomía de actuación como entidad diferenciada de los propios municipios que la componen, con el fin de consolidar la capacidad de gestión propia de las mancomunidades.

Respecto a las mancomunidades de servicios, la organización tiende a simplificarse al máximo y a ser lo suficientemente flexible para adaptarse a la realidad de la diversa tipología de servicios

En todas ellas resulta trascendental permitir el máximo de autonomía posible a las mancomunidades para que se autorregulen a través de sus propios estatutos.

Colaboración con las administraciones públicas

Este proyecto de ley regula la relación de las mancomunidades con el resto de administraciones públicas. Así, las mancomunidades podrán celebrar convenios de cooperación o asumir funciones en coordinación con otras administraciones públicas, orientadas exclusivamente a la realización de obras y la prestación de los servicios públicos que sean necesarios para que los municipios puedan ejercer las competencias o prestar los servicios previstos en la legislación de régimen local vigente.

En este sentido, la Generalitat y las diputaciones provinciales prestarán especial asesoramiento y apoyo a las mancomunidades de ámbito comarcal. Igualmente, siempre que resultara posible, prestarán asesoramiento y apoyo al reconocimiento de ámbito comarcal de las mancomunidades ya existentes que no tengan tal carácter.

Las inversiones propuestas por las mancomunidades que supongan ejecución de obras y servicios en beneficio de varios municipios tendrán carácter prioritario en los planes provinciales de obras y servicios, así como dentro de los programas y planes de inversiones de los distintos departamentos de la Generalitat.

A estos efectos, estos planes y programas deberán contar con un apartado destinado a obras y servicios de interés intermunicipal que sean realizados o prestados por las citadas entidades.

Por último, la Generalitat y las diputaciones provinciales fomentarán que se dé participación a las mancomunidades de ámbito comarcal en los programas y actuaciones que hayan de realizarse en su ámbito.

Tags: ley de mancomunidadesmancomunidades
ShareTweetShareSend
Previous Post

Lo Rat Penat celebra la Festa de la Santa Creu

Next Post

El Institut Valencià de Cultura presenta en Castellón ‘El cant del cos’

Next Post

El Institut Valencià de Cultura presenta en Castellón 'El cant del cos'

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Acepto la Política de Privacidad.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.






Lo último

Marta Ferrando, regatista del RCN Valencia

Marta Ferrando (RCN Valencia) manda en Europa y conquista el oro en ILCA 4 sub-16

19 abril, 2026
Hermandad del Santísimo Ecce-Homo

La Hermandad del Santísimo Ecce-Homo del Cabanyal presenta el cartel y logo de su Centenario

19 abril, 2026
Jornada en la Universidad de Nápoles Federico II

La Universidad de Nápoles Federico II celebra su 800 aniversario con un Foro sobre reforma judicial y un homenaje a Antonio Camaró

19 abril, 2026
Un proyecto para la reinserción a través de la formación

Europa sitúa la formación como eje de la reinserción en el siglo XXI

19 abril, 2026

Lo más leído

  • CESG

    El CESG vuelve a llevar la Comunitat Valenciana al podio nacional de Ski Cross

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Aparece un cachalote sin vida y en descomposición en una playa de Oliva

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Fotogalería: Valencia celebra a su patrón, San Vicente Ferrer

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • La Dansà del Mocadoret llena la plaza de la Virgen de fiesta y tradición

    0 shares
    Share 0 Tweet 0

Diario asociado a

Diario asociado a

Controlado por OJDInteractiva

Controlado por OJDInteractiva
  • Facebook
  • Twitter
  • YouTube
  • Telegram
  • Quiénes somos
  • Política de Privacidad

Contacto

Redacción

Publicidad

José A. Garzón
Email:
jgarzon@empatiamedia.com
  • Quiénes somos
  • Política de Privacidad

© 2018 Desarrollado y diseñado por Javier Furió sobre JNews by Jegtheme.

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
No Result
View All Result
  • En Valencià
  • Alicante
    • l’Alcoià
    • Alt Vinalopó
    • Baix Vinalopó
    • Benidorm
    • L’Alacantí
    • El Comtat
    • Marina Alta
    • Marina Baixa
    • Vega Baja del Segura
    • Vinalopó Mitjà
  • Castellón
    • Alcalatén
    • Alt Maestrat
    • Alt Millars
    • Alt Palancia
    • Baix Maestrat
    • Els Ports
    • Plana Alta
    • Plana Baixa
  • Valencia
    • Valencia ciudad
    • L’Horta
    • Camp de Morvedre
    • Camp de Túria
    • El Rincón de Ademuz
    • La Canal de Navarrés
    • La Costera
    • La Hoya de Buñol – Chiva
    • Ribera Alta
    • Ribera Baixa
    • La Safor
    • La Vall d’Albaida
    • La Serranía
    • Requena – Utiel
    • Valle de Ayora
    • Valle de Cofrentes
  • Cultura
    • Artes Escénicas
    • Cine
    • De libro en libro
    • Diseño
    • Entrevistas al completo
    • Hemeroteca Selecta
  • Deportes
    • Ajedrez
  • Fiestas y Tradiciones
    • Fallas
    • Artistas falleros
    • Sueños de Fallas
    • Fogueres
    • Magdalena
    • 9 Octubre
    • Navidad
  • Canales
    • Agricultura y Medioambiente
    • Emprende e Innova
    • Economía y Empresa
    • Salud
    • Tecnología
    • Turismo
    • Valencia Histórica
    • Vino
    • El buen yantar

© 2018 Desarrollado y diseñado por Javier Furió sobre JNews by Jegtheme.

Usamos cookies para asegurar que te damos la mejor experiencia en nuestra web. Si continúas usando este sitio, asumiremos que estás de acuerdo con ello.