La Coordinadora Valenciana por la Ubicación Racional de las Energías Renovables, a través de los servicios jurídicos de Acció Ecologista–Agró, ha podido estudiar la tramitación del Decreto ley 14/2020 de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica.
Así, Acció Ecologista-Agró ha detectado numerosas irregularidades e incongruencias en su tramitación. En el Decreto Ley no se ha dado audiencia a las asociaciones ambientales, y es una obligación que no se puede obviar. Así lo prevé la Ley 27/2006 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y el Decreto valenciano 97/2010, de 11 de junio, del Consell, por el que se regula el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental y de participación pública en materia de medio ambiente de la Comunitat Valenciana. Ambos desarrollan además, Directivas Europeas (Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y el Convenio de Aarhus. En ningún caso existe una excepción a aplicar el trámite de audiencia, por el hecho de ser un Decreto Ley.
Así, la coordinadora constata que no se puede obviar este trámite, con más razón, cuando este Decreto Ley afectó a aspectos sustantivos muy importantes del medio ambiente, como son la posibilidad de establecer macroplantas solares en zonas protegidas urbanísticamente, zonas de la red natura 2000 o montes declarados de utilidad pública.
«Esta forma de actuar está siendo habitual en la Generalitat Valenciana, y hemos detectado otros casos, aprobados a través de las leyes de acompañamiento a los presupuestos de la Generalitat, u otras», advierte la Coordinadora, que recuerda que recientemente CGT denunció la aprobación de modificaciones a la ley de caza con contenido de muy dudosa legalidad, y que tampoco había ofrecido audiencia a asociaciones ambientales.
Además en la tramitación del Decreto Ley, se ha obviado los informes de protección de la infancia y la adolescencia, de género y de familia.
«Consideramos que es un error intencionado no realizar esa evaluación, y que debía haberse realizado. Los efectos de la implantación de las energías renovables, en ciertos territorios, están lejos de ser beneficiosos», señala la coordinadora. «Si fuesen muy beneficiosos se ubicarían en las ciudades y comarcas costeras. Pero, al ser proyectos de dudosa rentabilidad social, se están ubicando casi únicamente en zonas rurales del interior. Aquí es donde las familias del interior, las mujeres del interior y los niños y jóvenes de zonas rurales se pueden ver afectados negativamente», afirma.
La instalación de estas macroplantas, en opinión de la Coordinadora, tiene un escaso impacto en la creación de empleo en el mejor de los casos y es más, en muchas ocasiones, no sólo no aporta puestos de trabajo sino que los reduce, y eliminar atractivo a vivir en zonas rurales, sólo puede afectar negativamente a jóvenes, mujeres y familias de zonas del interior.
De hecho en el informe del Conseller de Economía Sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo, de fecha 5 de agosto de 2020, se dice:
“Las medidas contenidas en el presente decreto-ley se configuran con la finalidad de impulsar una transición energética limpia, justa, fiable, y económicamente competitiva, especialmente importante en el escenario que se plantea una vez superado el estado de alarma, que facilite la recuperación económica de la Comunitat.”
Se quiere una transición energética justa. Sin embargo, al ubicarse casi únicamente en municipios del interior, genera un trato injusto.
Por último, el informe de la abogacía de la Generalitat es muy superfluo y pasa de puntillas sobre los aspectos más polémicos y cuestiones de muy difícil encaje constitucional y al reparto de competencias con la normativa estatal y comunitaria.
En primer lugar, tal y como pone de relieve la Coordinadora, el Decreto Ley 14/2020 permite la construcción de parques solares en zonas incluidas en la red natura 2000. Esta protección europea está establecida en directivas comunitarias y en la Ley 42/2007 de 13 de diciembre de patrimonio natural y la biodiversidad.
Posteriormente, permite la ubicación de estas instalaciones industriales en montes de utilidad pública, contrariando la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que en su artículo 39, establece que los montes de utilidad pública se consideran suelo en situación rural, a los efectos de lo dispuesto por la legislación estatal de suelo, y deberán quedar preservados por la ordenación territorial y urbanística, de su transformación mediante la urbanización.
Y, entre otras, también permite la instalación en suelos no urbanizables protegidos por los Ayuntamientos, quebrando la autonomía municipal, la legislación estatal de suelo, y las prescripciones de impacto ambiental dictadas en la aprobación de los planes urbanísticos.
Por último, el informe no analiza los artículos que posibilitan que los promotores sean beneficiarios de las expropiaciones de terrenos para establecer parques fotovoltaicos (hasta el 75% del total de los terrenos que necesite la planta)
Ninguna de estas materias es analizada por el informe de abogacía de la Generalitat.
Se prevé la aprobación próximamente de un nuevo Decreto Ley en esta materia. Acció Ecologista-Agró ha recordado a la Generalitat que debe realizar un trámite de audiencia a las asociaciones ambientales. Como es poco probable que se cumpla la ley en esta materia, Acció Ecologista-Agró está preparando actuaciones jurídicas, ante los tribunales, para evitar la reiteración de estos incumplimientos legales en el futuro.
La Coordinadora Valenciana por la Ubicación Racional de las Energías Renovables, a través de Acció Ecologista-Agró, pidió hace mes y medio, en nombre de esta última, una reunión conjunta con las tres Consellerias responsables en materia de energías renovables. «A día de hoy no hemos recibido contestación de esa reunión conjunta y nos han convocado separadamente en la Conselleria de Política Territorial, Obres Públiques i Mobilitat y en la Conselleria de Agricultura, Desenvolupament Rural, Emergència Climàtica i Transició Ecològica, en función de una reunión que se pidió en noviembre», explica.
Los colectivos sociales, señala la Coordinadora, «notamos una mayor distancia con la Generalitat, que nos excluye de cualquier tipo de participación, aunque sea obligatoria».









