Se destinan 500.000 euros para la modernización y conservación de los inmuebles, y 300.000 euros para la difusión de los fondos museográficos
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha convocado subvenciones para museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas por la Generalitat Valenciana por valor de 800.000 euros: 300.000 euros para actividades de dinamización de museos y colecciones museográficas y 500.000 euros para mejoras en el equipamiento y la conservación de las instalaciones.
Podrán acceder a estas ayudas los titulares de los museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas por la Generalitat; las actuaciones habrán tenido que ser desarrolladas entre el día 1 de enero y el 30 de octubre de 2017.
En la convocatoria de dinamización de los museos serán subvencionables las actividades o proyectos que contribuyan a conocer, promover y difundir los fondos de los museos y colecciones museográficas incluidos en el sistema valenciano de museos. La cuantía máxima que percibirán las entidades que, en su caso, resulten beneficiadas por el otorgamiento de la subvención, no podrá superar en ningún caso el 80% del presupuesto total de la actividad, y el importe máximo por beneficiario será de 6.000 euros.
En cuanto a la convocatoria de mejorar las infraestructuras de los museos y colecciones museográficas, se subvencionarán las actuaciones referidas a modernización, conservación, equipamiento y adecuación de las instalaciones. Los beneficiarios no podrán recibir en ningún caso el 80% del presupuesto total de la actuación, y el importe máximo por beneficiario será de 10.000 euros.
En ambas convocatorias quedan excluidas las actividades y proyectos cofinanciados por la Generalitat o alguno de sus entes públicos, las promovidas u organizadas por beneficiarios de subvenciones nominativas de la Administración valenciana y las actividades cuyo contenido esté claramente contemplado en otras convocatorias de esta.
Las solicitudes, junto con los impresos normalizados, se presentarán en un plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.