Álvaro Gutiérrez y Alexandra López
Abogados de DS Legal
Serán los magistrados del Tribunal Supremo, instancia a la que la el gobierno ha otorgado la potestad vía decreto ley, quienes tomarán la decisión final cuando administraciones y ciudadanos no estén de acuerdo con decisiones tomadas en los tribunales de justicia con respecto a la pandemia. Lo harán también con el fin de evitar resoluciones contradictorias entre Tribunales Superiores de Justicia diferentes, como ha sucedido durante estos meses en los que hemos vivido bajo el estado de alarma.
Bajo esta circunstancia excepcional, era el gobierno quien decidía sobre las limitaciones a los derechos fundamentales necesarias para evitar la propagación del virus. A partir de ahora, serán las comunidades autónomas las que tendrán que pronunciarse sobre estas restricciones, y ello sin contar con legislación concreta que les permita hacerlo, lo que, según los abogados de DS Legal, “puede causar mayor incertidumbre en la ciudadanía de su territorio, y les puede causar, posiblemente, un problema jurídico que haga necesario tener que acudir a que tome una determinada decisión un juez”.
Se corre así el peligro de judicializar el control de un asunto de carácter sanitario, dado que las decisiones ejecutivas se transfieren al legislativo, añaden estos expertos en derecho sanitario.
Otro aspecto, en plena lucha contrarreloj contra el virus, es el tiempo que tardarán en dirimirse estos procesos en los tribunales. Con el fin de darles prioridad, el ejecutivo incluye, en su decreto de regulación de fin del estado de alarma, un plazo de quince días para que el Tribunal Supremo decida sobre estas materias.
En aras a la esperada unificación de criterios que evite molestias entre ciudadanos y organismos de diferentes comunidades, Álvaro Gutiérrez explica que existe jurisprudencia del Tribunal Supremo cuando se dictan varias sentencias similares sobre la misma temática, calificándose como consolidada e inalterable en el tiempo la decisión, por lo que no se puede hablar de jurisprudencia como tal al tomar la primera decisión.
No obstante, matiza el abogado, “si valoramos dichas decisiones como jurisprudencia, claramente sí será vinculante para otras CCAA, aunque entendemos que se podrían solicitar resoluciones sobre limitaciones diferentes”.
Vacunación, todo sigue igual
Desde el mismo despacho, Alexandra López tranquiliza a los ciudadanos en torno a la vacuna, dado que en todo momento la vacunación ha sido competencia de las comunidades autónomas, por lo que en esta nueva situación no tendrán potestades adicionales. La Unión Europea, recuerda, dio libertad a sus Estados miembros para la adquisición de vacunas, por lo que una comunidad autónoma podría negociar la compra de alguna que no se tuviera o, incluso, implantar un calendario diferente al margen del Consejo Interterritorial de Salud. “No obstante, lo que se defiende por la Unión es el conjunto y no la individualidad, por lo que entendemos que hay que apostar por el consenso sobre el tema de la vacuna. Además, es más complicado negociar para un territorio más pequeño”.
La mirada puesta en los aeropuertos
Habrá que esperar a que se confirme judicialmente, advierten desde DS Legal, si los cierres perimetrales continúan o no, en el caso de que alguna comunidad lo solicite. No obstante, la competencia sobre los grandes aeropuertos siempre ha sido del Estado, de acuerdo al artículo 149.1.20ª de la Constitución, así como a los Reglamentos de la Comisión Europea.La gestión corresponde a Aena.
Algunos presidentes autonómicos han expresado ya su preocupación por el hecho de que el asunto de la movilidad, de la que depende en parte la recuperación económica, se desvíe a los tribunales.








