La Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la sentencia -recurrida en primera instancia- por la que se condena a un año y medio de prisión a una agente de la Policía Local de Castelló por robar a dos de sus compañeras.
La sentencia de la Sección Segunda hecha pública por el TSJCV (Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat) considera probado que la procesada, «guiada por ánimo lucrativo ilícito», se encontraba el 17 de septiembre de 2015 en las dependencias del vestuario femenino de la central de la Policía Local de Castelló y se apoderó de un anillo de plata tasado en 49 euros y de 30 euros en metálico del interior de la taquilla de una compañera que tenía la llave puesta. Luego se dirigió a la taquilla de otra compañera y «tras violentar su cerradura» se apoderó de una pulsera de oro tasada en 139,79 euros y de 80 euros en metálico.
La sentencia recurrida por la acusada y ahora confirmada imponía para ella una condena de un año y seis meses de prisión por un delito de robo con fuerza en las cosas, así como a pagar a las compañeras perjudicadas en la cantidad en la que estaba tasado lo sustraído, además de 60 euros al Ayuntamiento por los daños causados en una de las taquillas.
El recurso de la procesada se basó en una versión según la cual ella no tenía intención de robar a sus compañeras, sino que todo se trataba de una broma y que en ningún momento había empleado la fuerza para abrir las taquillas. La Sección Segunda estima en la sentencia, sin embargo, que existe «prueba apta y suficiente, no solo sobre la participación de la acusada, sino también sobre un elemento determinante de la calificación de la sustracción como delito de robo, por la fuerza empleada en la taquilla de una de sus compañeras».
En lo que se refiere a la puerta de la taquilla que tenía la llave puesta, se considera que no empleó la fuerza y se considera un hurto, pero la segunda sí que fue forzada, lo cual ha sido, además de puesto de manifiesto por la dueña de dicha taquilla, claramente documentado con las imágenes aportadas al respecto. Por lo tanto, se desestima el recurso presentado y se confirma la pena antes citada, condenándose además a la agente al pago de las costas procesales.








