Este jueves se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la resolución de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública que prohíbe en los establecimientos de restauración y hostelería, las máquinas recreativas, de azar o de juego con o sin premio, las máquinas de apuestas deportivas, ni los juegos de mesa, billares, dardos, futbolines o similares.
Entra en vigor, por tanto, desde la misma fecha de publicación -hoy jueves- hasta las 23:50 horas del 15 de enero de 2021. Esta medida llega tras la suspensión cautelar, por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, de una resolución anterior de la Conselleria sobre medidas adicionales contra la Covid-19.

En la resolución inicial, del 5 de diciembre, se estableció que no estaban permitidos «los juegos de azar en los bares y similares» y, mediante una corrección de errores, el 17 de diciembre se aclaró que no estaban permitidos en locales de hostelería «los juegos de azar, incluidas las máquinas recreativas, de azar o de juego con o sin premio, máquinas de apuestas deportivas, juegos de mesa, billares, dardos, futbolines, o similares».
El auto de la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV estima el recurso presentado por la Asociación de Empresarios de Máquinas Recreativas de la Comunitat Valenciana (Andemar), al considerar que no era una corrección de errores, sino una nueva redacción de ese apartado que no procedía.
La nueva resolución señala la conveniencia, en la actual crisis sanitaria, establecer medidas adicionales de control para la prevención de la propagación del coronavirus y considera «oportuno que en el ámbito de la restauración y hostelería las medidas se extiendan a todo tipo de actividad en torno a los juegos de azar», dado que en este tipo de juegos se produce una «interacción importante de personas» que podrían favorecer la transmisión del SARS-Cov-2.








