El Síndic de Greuges ha dado la razón a un ciudadano de Xirivella que pidió su amparo ante lo que ha sido considerado como una actuación no adecuada del consistorio de Massalavés sobre la expedición de un certificado.
El ciudadano en cuestión, vecino de Xirivella pero con propiedades rusticas y urbanas en el municipio de la Ribera Alta, solicitó al Ayuntamiento de Massalavés que le facilitara un certificado de correspondencia catastral y registral de un inmueble para rectificar el reparto de unos bienes en herencia en conflicto. El consistorio tardó 7 meses en responderle sin darle una solución a su petición.
La petición tenía por objeto rectificar la división de bienes de una herencia que estaban en conflicto. Al parecer, como toda respuesta, el Ayuntamiento se limitó a informarle de que no era el órgano competente para expedir dicho certificado, sin ofrecerle alternativa.
El síndic de greuges aceptó la queja del ciudadano y en su exposición de hechos al cierre del mismo, recuerda que en el artículo 14.1 (Decisiones sobre competencia) de la Ley 14/2015, se dice claramente que «el órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, debiendo notificar esta circunstancia a los interesados».
Sin embargo, en el caso que nos ocupa, el consistorio ni siquiera comunicó al interesado a qué órgano debía dirigirse para elevar su petición él mismo.
Así las cosas, el Síndic de Greuges ha recomendado al Ayuntamiento adoptara como criterio de actuación, y lo aplicara en este caso concreto, dar puntual respuesta a las personas identificando cuál es, según su criterio, la administración competente para atender las peticiones, solicitudes, etc., presentadas ante el mismo.
La respuesta del Ayuntamiento a esta recomendación del Síndic ha sido que ha enviado informe al ciudadano indicándole a qué órgano debe acudir para resolver su problema, si bien no aclara de forma inequívoca cuál es su posicionamiento al respecto por lo que «la recomendación se entiende parcialmente aceptada».








